1.- ¿Qué es una marca?
La marca es un signo distintivos que se protege mediante un título otorgados por el Estado y que confiere a su titular el derecho exclusivo de utilizarla en el tráfico económico, e impedir a otros la utilización en España del signo distintivo protegido u otro idéntico o similar aplicados a productos o servicios idénticos o semejantes.
La marca es un signo que permite a los empresarios distinguir sus productos o servicios frente a los productos o servicios de los competidores.
2.- ¿Cuántos tipos de marcas existen?
De productos y servicios: individualizan productos y servicios respectivamente. También se conocen como marcas individuales.
Colectivas: individualizan productos o servicios de una asociación de fabricantes, comerciantes etc…
De garantía: certifica las características comunes de los productos y servicios elaborados o distribuidos por personas debidamente autorizadas y controladas por el titular de la marca.
3.- ¿Qué es la clasificación internacional de productos y servicios?
Es una clasificación que agrupa los productos y servicios en 45 clases diferentes: 34 de productos y 11 de servicios.
Cada clase comprende una serie de productos o servicios relacionados entre sí y por ejemplo, la clase 32 corresponde a:
CLASE 32 Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas
4.- ¿Cuáles son las principales obligaciones del titular de la Marca?
Para obtener la protección debe procederse al registro de la marca. El titular tiene la obligación de usar la marca, bien por sí mismo o bien a través de persona autorizada por él. Si la marca no se usa, los tribunales podrán declarar su caducidad.
5.- ¿En que se diferencia la Marca del Diseño Industrial?
La marca es un signo que sirve para distinguir productos o servicios y que puede incluir formas bidimensionales y tridimensionales. El diseño industrial es un derecho de exclusiva que se otorga sobre la apariencia externa de un producto y que tiene requisitos distintos a la marca. Son susceptibles de protección las formas bidimensionales (por ejemplo, el estampado de una corbata) y las tridimensionales (por ejemplo, la forma de una maleta, la carrocería de un coche).
6.- ¿Cómo proteger una marca con efectos en España?La protección en España se obtiene de varias formas:
Vía nacional. La solicitud se elabora siguiendo los requisitos establecidos por la Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas.
Vía Comunitaria: Existe la posibilidad de obtener una MARCA COMUNITARIA mediante una única solicitud, que podrá presentarse a elección del solicitante ante la OEPM para su traslado a la OAMI o directamente a la OAMI (Alicante). Dicha marca es una a todos los efectos, concediéndose, denegándose o anulándose para todo el territorio de la Unión Europea.
Vía Internacional: se puede obtener protección en hasta 78 países (entre ellos España) depositando una única solicitud, en la OEPM para su traslado a la Oficina Internacional de OMPI (Ginebra), teniendo el registro los mismos efectos que si la solicitud hubiese sido presentada en cada uno de los países designados. Cada país puede conceder o denegar la protección. Se trata de una solicitud única pero que, una vez registrada en todos los países designados, da lugar a un conjunto de registros nacionales igual que si se hubieran solicitado país por país.
7.- ¿Y si quiero proteger una marca en el extranjero?La protección en el extranjero se obtiene de varias formas:
1.DIRECTAMENTE país por país, depositando las correspondientes solicitudes en cada uno de los países en los que se quiere registrar la marca.
2.Mediante una MARCA INTERNACIONAL.
3.Mediante una MARCA COMUNITARIA.
8.- ¿Cuánto cuesta obtener una marca o nombre comercial en España?El coste, por la inscripción de una marca o nombre comercial es de alrededor de 150€ por clase solicitada.
Para mantener estos derechos hay que hacer frente a las renovaciones cada diez años. El importe de estas tasas se actualiza anualmente a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y su montante figura en la página web de la OEPM (www.oepm.es)
9.- ¿Qué requisitos son necesarios para obtener una marca o un nombre comercial?
Es necesario que el signo que se pretende registrar sea lícito, y susceptible de realizar las funciones que debe acometer la marca, identificar y diferenciar lo cual implica que no incurra en ninguna de las prohibiciones absolutas que establece la ley, y que esté disponible, es decir que no entre en conflicto con otros derechos anteriores, ya sea a titulo de marca u otro derecho de la personalidad como es el derecho al nombre o a la propia imagen o a otro derecho de propiedad intelectual, etc.
10.- ¿La existencia de derechos anteriores será siempre motivo de denegación de una marca o nombre comercial?
En algunos supuestos también podría obtenerse el registro de una marca o nombre comercial similar a otros anteriores, cuando los productos, servicios o actividades que distinguen sean lo suficientemente dispares, como para no inducir a error o generar un riesgo de asociación, por ejemplo, DULCILIA concedida para distinguir “mantas” de la clase 24, no impediría el registro de la misma denominación para amparar “una publicación periódica” de la clase 16. Este llamado “principio de la especialidad“, quiebra cuando se trata de marcas notorias o renombradas. La marca notoria y la marca renombrada gozan de una protección legalmente reforzada, y no podría concederse, por ejemplo, CAMPOFRÍO para “bebidas alcohólicas” de la clase 32, dada su notoriedad en el sector alimenticio aunque no exactamente respecto de las bebidas.
La OEPM hace con respecto de cada nueva solicitud, una búsqueda informática de anterioridades y cursa un aviso, a efectos meramente informativos, al solicitante o titular de registros anteriores, para que si lo desea, pueda formular oposición. En caso de que no haya oposición de terceros la OEPM no podrá dictar suspenso ni denegar de oficio la nueva solicitud por semejanza con un derecho anterior.
11.- ¿Qué puede ser objeto de una marca?
Podrán, especialmente, constituir marca los siguientes signos o medios:
a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar las personas. Por ejemplo, “DULCILIA” para distinguir productos o servicios, o “El Juli” como nombre artístico.
b) Las imágenes, figuras, símbolos y gráficos, por ejemplo, la representación de un caballo con las patas delanteras en alto que distingue los coches Ferrari, o un cocodrilo para la ropa de vestir de Lacoste.
c) Las letras, las cifras y sus combinaciones, por ejemplo, BBVA, Licor 43 ó S-3.
d) Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases, la forma del producto o su presentación.
e) Los sonidos.
f) Cualquier combinación de los signos o medios que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores
12.- ¿Qué es lo que no puede ser objeto de marca?
La ley establece una serie de prohibiciones:
Signos que no tienen capacidad suficiente para distinguir, por ejemplo, un punto o una línea sin ningún otro elemento caracterizador puesto que difícilmente serían percibidos como “marca” por el consumidor.
Signos genéricos y específicos, por ejemplo chocolate para distinguir “chocolate”, aquellos que se compongan exclusivamente de signos que en el comercio o en el lenguaje corriente hayan llegado a constituir una denominación necesaria o usual de producto o servicio del que se trate, por ejemplo, “Rollitos de primavera” para distinguir productos alimenticios.
Signos descriptivos: los que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que sirvan en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica, la época de producción del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o del servicio, por ejemplo, “Edición selecta”, o “Fresas de mayo”.
Signos engañosos, por ejemplo, “Oleoliva” para distinguir todo tipo de aceites y grasas comestibles.
Signos contrarios a la Ley o al orden público, por ejemplo, cualquier marca xenófoba o sexista.
Formas que vengan impuestas por razones de orden técnico o por la naturaleza de los propios productos o que afecten a su valor intrínseco, por ejemplo, la representación de una antena parabólica para distinguir antenas parabólicas o la de un limpiaparabrisas para limpiaparabrisas, o la representación de un lapicero sin ningún elemento de fantasía o caprichosa.
Determinados signos protegidos legalmente como banderas y escudos de Estados, Comunidades Autónomas, etc.
13.- ¿Cómo se solicita una marca o un nombre comercial?
Se presenta personalmente o a través de representante o Agente de la Propiedad Industrial, una solicitud ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) o en los Centros Regionales de Información de Propiedad Industrial de las CCAA, Oficinas de Correos (en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo), en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, Áreas de Industria y Energía o por vía telemática, mediante una solicitud electrónica, a la que se accede a través de la página web de la OEPM (www.oepm.es).
14.- ¿Es aconsejable pedir una búsqueda de anterioridades antes de presentar una solicitud?
Sí. Antes de presentar una solicitud conviene hacer una búsqueda para localizar marcas o nombres comerciales solicitados o registrados anteriormente y que distingan productos o actividades idénticos o similares, de este modo se obtiene una idea sobre la registrabilidad de la marca.
15.- Si en la búsqueda no se encuentra ninguna marca o nombre comercial igual o similar, ¿se puede asegurar que la solicitud será concedida, o que si se comienza a explotar no se violarán otras marcas o nombres comerciales?
No. La búsqueda de marcas y nombres comerciales iguales o parecidos solicitados o concedidos con anterioridad, puede servir para dar un conocimiento bastante amplio de lo que ha sido protegido, pero no puede garantizar que la marca y el nombre comercial vayan a ser concedidos y que no se lesionen derechos de terceros si se empiezan a utilizar en el tráfico económico.
FUENTE: Oficina Española de Patentes y Marcas